Autónomos inmigrantes · Asesoría de extranjería en Loja, Granada

Quieres trabajar por cuenta propia en España siendo extranjero. Primero, la autorización. Luego, el alta.

Sin la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia no se puede darse de alta como autónomo en España. Es el primer paso, y sin él el resto no funciona. Gestionamos la autorización, el NIE y el alta en Hacienda y la Seguridad Social. De principio a fin.

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Pasos del trámite

Cómo se gestiona el alta de autónomo siendo extranjero.

1. Autorización de residencia por cuenta propia

Es la autorización específica para trabajar por cuenta propia en España. Se solicita ante la Delegación del Gobierno y exige acreditar solvencia económica, plan de negocio y, en su caso, titulación o colegiación profesional. El plazo de resolución es de 3 meses.

2. Obtención del NIE

El Número de Identificación de Extranjero es imprescindible para cualquier trámite fiscal o administrativo en España. Si aún no lo tienes, lo gestionamos junto con la autorización.

3. Alta en Hacienda y en la Seguridad Social

Una vez concedida la autorización, gestionamos el alta en el censo de empresarios (modelo 036 o 037) y el alta en el RETA con el epígrafe IAE correcto para tu actividad.

4. Asesoría mensual continua

El alta es el comienzo. Después viene la fiscalidad trimestral, las renovaciones de la autorización y la contabilidad. Trabajamos con cuota mensual fija para que no tengas que preocuparte de nada. Ver asesoría para autónomos y pymes →

Requisitos

Qué se necesita para obtener la autorización.

Situación legal en España

No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido durante los últimos cinco años, y no estar en situación de prohibición de entrada.

Viabilidad del proyecto

Acreditar que la actividad es viable y que tienes los medios económicos suficientes para desarrollarla. En algunos casos se pide informe de un organismo oficial o colegio profesional.

Titulación o habilitación profesional

Para actividades reguladas (sanitarias, jurídicas, técnicas) hay que acreditar la titulación o la colegiación en España. En actividades no reguladas no es necesario.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre el alta de autónomo siendo extranjero.

¿Puedo darme de alta como autónomo si tengo un arraigo social?
El arraigo social autoriza tanto el trabajo por cuenta ajena como por cuenta propia, así que sí puedes darte de alta como autónomo. Aun así, necesitas cumplir los requisitos de viabilidad del proyecto. Consúltanos tu caso.
¿Cuánto tarda la autorización por cuenta propia?
El plazo legal es de 3 meses desde la presentación. Con el expediente bien preparado se evitan requerimientos que alargan el proceso.
¿Puedo trabajar mientras espero la resolución?
No. Hasta que la autorización no está concedida no se puede iniciar la actividad por cuenta propia. Ejercer sin ella es una infracción grave de la Ley de Extranjería.
¿Qué pasa cuando vence la autorización?
Hay que renovarla antes de que caduque. La primera autorización tiene una duración de 1 año; la renovación se tramita con antelación y acreditando que la actividad está en marcha. Nosotros llevamos el seguimiento para que no se te pase el plazo.

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